En mala praxis, la causa se define en la pericia. Qué es el cuerpo médico forense, cómo se proponen los puntos de pericia, para qué sirve un perito de parte y cómo se impugna un informe débil.
Hay una frase que resume la experiencia en este tipo de expedientes: las causas por mala praxis se ganan o se pierden en la pericia. El juez o el fiscal no son médicos, y la pregunta central del caso —si la atención se ajustó a las reglas del arte médico— es una pregunta técnica. La respuesta la da un perito, y sobre esa respuesta se construye todo lo demás.
Por eso la actitud pasiva frente al peritaje es el error más costoso que puede cometer una defensa. La pericia no es un hecho de la naturaleza: se puede influir en qué se le pregunta, controlar cómo trabaja y discutir lo que concluye.
Quién perita y con qué valor
En el fuero penal, la pericia médica suele quedar a cargo de peritos oficiales —en la justicia nacional y federal, típicamente el Cuerpo Médico Forense— o de especialistas designados por el tribunal de las listas correspondientes. Su informe tiene un peso enorme en la práctica, aunque no obliga: el dictamen pericial no es vinculante y se valora junto con el resto de la prueba, con la exigencia de que el tribunal funde por qué lo sigue o por qué se aparta de él.
Las partes pueden, además, intervenir con técnicos propios. Según el código procesal aplicable, existen la figura del perito de parte y la del consultor técnico, que no reemplaza al peritaje oficial pero asiste a la parte, puede presenciar las operaciones periciales, formular observaciones y presentar su propio informe. En causas médicas, contar con un especialista de la misma disciplina del imputado hace una diferencia real.
Los puntos de pericia: donde se define el resultado
Un informe responde lo que se le pregunta. Si los puntos de pericia los redacta solo la querella, el informe va a mirar el caso desde la hipótesis de la querella. Una defensa activa propone sus propios puntos, y los buenos puntos comparten tres rasgos.
Ubican el estándar en el tiempo y en el lugar correctos. No se pregunta qué debía hacerse "idealmente", sino qué indicaba la práctica médica vigente a la fecha del hecho, en una institución de esa complejidad y con los recursos efectivamente disponibles.
Separan causalidad de reproche. Son dos preguntas distintas: si la conducta se apartó del estándar, y si ese apartamiento causó el daño. Muchas pericias dan por supuesto el segundo paso. Conviene preguntar expresamente si el resultado se habría evitado con la conducta alternativa que la acusación propone, y con qué grado de probabilidad.
Exploran la condición previa del paciente. Comorbilidades, estado al ingreso, evolución natural de la enfermedad. En muchos casos el desenlace estaba determinado por la patología de base, y eso solo surge si alguien lo pregunta.
Cómo se discute un informe desfavorable
Un dictamen adverso no cierra la causa. Estos son los puntos por donde habitualmente se lo discute:
- Falta de fundamentación. Un informe que afirma sin explicar el razonamiento ni citar la base científica es impugnable: la conclusión debe poder seguirse paso a paso.
- Sesgo retrospectivo. Es el defecto más común: juzgar la decisión con el diagnóstico ya conocido. Lo que hay que exigir es que el perito se sitúe en el momento en que había que decidir, con la información que entonces existía.
- Estándar equivocado. Aplicar guías posteriores al hecho, o el estándar de un centro de alta complejidad a una institución que no lo es.
- Prueba incompleta. Pericias que no consideraron la historia clínica completa, los estudios, los protocolos del servicio o la dotación de ese turno.
- Especialidad del perito. Un generalista opinando sobre una decisión de subespecialidad es un punto legítimo de objeción.
- Confusión de planos. Trasladar al penal criterios de responsabilidad civil, donde los estándares y las presunciones son distintos.
Las herramientas concretas son el pedido de explicaciones, la impugnación fundada, la propuesta de ampliación, el informe del consultor técnico y, cuando la complejidad lo justifica, la solicitud de una junta médica integrada por especialistas de la disciplina en discusión.
La autopsia y la prueba que no se repite
En los casos con resultado de muerte hay actos que se producen una sola vez y no se pueden reconstruir después: la autopsia, la toma de muestras, el estudio de la placenta en casos obstétricos, la preservación de material quirúrgico. Si la defensa llega tarde a esos actos, pierde definitivamente la posibilidad de controlarlos.
De ahí una conclusión práctica: la intervención temprana del abogado no sirve solo para "estar presente". Sirve para que la prueba técnica que va a decidir la causa se produzca con control de parte.
Preguntas frecuentes
¿Puedo proponer mi propio perito?
Sí. Según el código procesal aplicable podés contar con un perito de parte o con un consultor técnico, presenciar las operaciones periciales y presentar tu propio informe. Es una de las herramientas más valiosas de la defensa y muchas veces no se usa.
Si la pericia me es favorable, ¿termina la causa?
No automáticamente, pero cambia radicalmente el panorama: una pericia que descarta el apartamiento del estándar o el nexo causal es la base natural de un pedido de sobreseimiento.
¿Cuánto cuesta un perito de parte?
Depende de la especialidad y de la complejidad del caso. Conviene evaluarlo al inicio, junto con la cobertura del seguro de responsabilidad profesional, que en muchos casos contempla este tipo de gastos.
Si estás en una causa por mala praxis y la pericia está por producirse, podés ver cómo trabajamos la defensa penal por mala praxis médica, leer cómo se usa la historia clínica como prueba o escribirnos para una consulta confidencial.
Esta nota es información general y no reemplaza el asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Última actualización: 28 de octubre de 2026.