Las causas por mala praxis neonatal llegan años después, cuando la secuela se hace visible. Qué se investiga, por qué el origen del daño es la discusión central y qué registros sostienen la defensa.
La neonatología tiene una característica que la distingue de cualquier otra especialidad en materia penal: la denuncia suele llegar años después del hecho. El daño neurológico, la pérdida visual o el retraso del desarrollo se hacen evidentes cuando el niño crece, y recién entonces la familia busca una explicación y un responsable. Para ese momento, el médico casi nunca recuerda el caso y lo único que queda es la historia clínica.
Esa asimetría define la estrategia: en neonatología la defensa es, antes que nada, un trabajo documental.
Qué se investiga
Como en el resto de la mala praxis, el encuadre es el de los delitos culposos: homicidio culposo (artículo 84 del Código Penal) si el recién nacido fallece, y lesiones culposas (artículo 94) cuando queda una secuela. Si se atribuye haber dejado al paciente sin la asistencia debida, puede discutirse el abandono de persona (artículo 106).
La discusión central, casi siempre, es el nexo causal. Muchas secuelas neurológicas tienen origen prenatal, genético o multifactorial, y no se explican por lo ocurrido en la sala de partos ni en la internación neonatal. Acreditar ese origen es la parte más técnica de la defensa y requiere trabajar con pH de cordón, Apgar, estudios de imagen, placenta, serologías y evolución.
Los escenarios que más denuncias generan
Reanimación en sala de partos
Se discute si el neonatólogo estaba presente o fue llamado a tiempo, si el equipo estaba completo y operativo, y si la secuencia de reanimación siguió el algoritmo vigente. El registro de la reanimación, con horarios y maniobras, es la pieza decisiva y la que con más frecuencia aparece incompleta.
Prematurez extrema y límites del tratamiento
En los grandes prematuros aparece el conflicto entre lo deseable y lo posible: disponibilidad de respirador, surfactante, personal entrenado. Las decisiones de iniciar, mantener o adecuar el tratamiento deben estar documentadas y conversadas con los padres, con la información brindada registrada en la historia clínica.
Oxigenoterapia y retinopatía del prematuro
El control de la saturación y el seguimiento oftalmológico están protocolizados. El reproche suele dirigirse a la falta de control programado o a la demora en la derivación para tratamiento. La defensa necesita los registros de saturación y las constancias de interconsulta y de citación de los padres.
Ictericia, hipoglucemia y sepsis
Son cuadros con protocolo claro: tamizaje, controles, umbrales de tratamiento. Cuando hay secuela, la pregunta pericial es si el control se hizo con la frecuencia indicada y si el tratamiento se inició en el umbral correcto. Todo eso se gana o se pierde en planillas de control.
Identificación del recién nacido y alta
Los errores de identificación, el alta sin controles o sin pautas, y la falta de seguimiento programado generan denuncias propias, a veces con encuadres distintos de los culposos.
La prueba que define la causa
- la historia clínica perinatal y la del recién nacido, completas y foliadas;
- el registro de la reanimación, con horarios y maniobras;
- Apgar, pH y gases de cordón, que suelen ser determinantes para ubicar el origen del daño;
- los estudios de imagen y el estudio de la placenta;
- las planillas de control: saturación, glucemia, bilirrubina, peso;
- las interconsultas y las constancias de información a los padres;
- la dotación del servicio y los protocolos vigentes a esa fecha.
La Ley 26.529 obliga a conservar la historia clínica por un plazo mínimo de diez años y a asentar la evolución de manera completa y cronológica. En neonatología esa obligación es, además, el principal seguro profesional: sin esos registros, una causa que llega cinco años después es casi indefendible. Lo desarrollamos en la historia clínica como prueba.
Qué hacer si te denunciaron
Conseguí la documentación antes de declarar
Nadie recuerda con precisión una internación de hace años. Tenés derecho a no declarar hasta conocer el expediente; usalo para reconstruir el caso con los registros en la mano.
Trabajá el origen del daño desde el inicio
Si la defensa deja que la causa se discuta solo en términos de "cómo se atendió", concede el punto más importante. La pregunta previa es cuándo y por qué se produjo el daño, y muchas veces la respuesta es anterior al nacimiento.
Delimitá responsabilidades del equipo
En la atención del recién nacido intervienen obstetra, partera, anestesista, neonatólogo y enfermería. Cada uno responde por su ámbito. Esa delimitación debe hacerse con registros, no con atribuciones generales.
Preguntas frecuentes
¿Pueden denunciarme por un caso de hace años?
Sí. La acción penal prescribe en función del máximo de la pena prevista para el delito (artículo 62 del Código Penal) y ciertos actos del proceso interrumpen el plazo, de modo que las denuncias tardías son habituales en neonatología.
¿Alcanza con que la secuela sea de origen prenatal?
Si se acredita, es la defensa más contundente que existe, porque corta el nexo causal. Pero debe probarse con elementos objetivos: no basta afirmarlo, hay que sostenerlo con la pericia y con los estudios del caso.
Faltaban recursos en la unidad, ¿sirve como defensa?
Sirve si está documentado: dotación, equipos disponibles, pedidos hechos por escrito, gestiones de derivación. La exigencia se mide sobre lo realmente posible en ese lugar y ese día.
Si te llegó una denuncia por una atención neonatal, podés ver cómo trabajamos la defensa penal de neonatólogos, leer el panorama general de la defensa penal por mala praxis médica o escribirnos para una consulta confidencial.
Esta nota es información general y no reemplaza el asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Última actualización: 28 de octubre de 2026.